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Cálculos laborales en Centroamérica › Módulo 2 › Lección 1 de 3

Calculadora de Liquidación – Nicaragua (Salario Fijo)

6 min

Cuando termina tu relación laboral, tienes derecho a que te paguen los salarios y la parte proporcional de tus prestaciones (Código del Trabajo, art. 77). Esta calculadora suma tres conceptos: vacaciones pendientes, aguinaldo proporcional e indemnización por antigüedad. Es para salario fijo mensual.

Cómo sale tu liquidación

  1. Antigüedad en años (años completos por aniversario + fracción del año en curso): cuenta los años completos desde tu fecha de ingreso hasta el último aniversario, y suma la parte del año siguiente que trabajaste. Por ejemplo, del 15 de marzo de 2023 al 15 de septiembre de 2026 son 3.5 años.
  2. Salario diario (salario ÷ 30): el último salario mensual entre 30 días.
  3. Vacaciones (días × salario diario): ganas 15 días de vacaciones por cada 6 meses de trabajo (art. 76), o sea 2.5 días por mes. Se pagan con tu último salario ordinario (art. 78). Escribe los días que no has gozado.
  4. Aguinaldo proporcional (salario × meses ÷ 12): el décimo tercer mes es un mes de salario por año trabajado, o la parte proporcional (art. 93). Escribe los meses desde tu último aguinaldo.
  5. Meses de indemnización (art. 45): un mes por cada uno de los primeros 3 años y 20 días (20 ÷ 30 de mes) por cada año a partir del cuarto. Las fracciones de año cuentan en proporción. Nunca es menos de 1 mes ni más de 5.
  6. Indemnización (salario × meses).
  7. Total a recibir: vacaciones + aguinaldo + indemnización.

Ejemplo: C$15,000, 5 años, 10 días de vacaciones y 6 meses de aguinaldo

  1. Antigüedad: 5 años
  2. Salario diario: 15,000 ÷ 30 = C$500.00
  3. Vacaciones: 10 × 500 = C$5,000.00
  4. Aguinaldo: 15,000 × 6 ÷ 12 = C$7,500.00
  5. Meses de indemnización: 3 + 2 × 20 ÷ 30 = 4.33
  6. Indemnización: 15,000 × 4.33… = C$65,000.00
  7. Total a recibir: C$77,500.00

¿Cuándo marcar la indemnización?

El art. 45 la da cuando el empleador termina un contrato por tiempo indeterminado sin causa justificada. Si renuncias, el art. 43 dice que conservas el derecho por antigüedad del art. 45. En un contrato por tiempo determinado que termina en su fecha, desmarca la casilla.

Lo que no incluye

  • Los montos son brutos. El aguinaldo no paga impuestos ni deducciones (art. 97). La indemnización de hasta 5 meses está exenta de IR (Ley 822, art. 19). Las vacaciones pagadas pueden llevar INSS e IR.
  • Salarios variables, comisiones o destajo: ahí se usa el promedio o el salario más alto de los últimos 6 meses (arts. 78 y 94).
  • Salarios pendientes del último mes y otras prestaciones de un convenio colectivo.
Calculadora Tus datos no salen de tu navegador.
Se acumulan 15 días por cada 6 meses (2.5 por mes).
De 0 a 12; puedes usar decimales, como 7.5.
Fuente:

Verificado el 31 de octubre de 2026. Resultado orientativo: confirma con tu empleador o tu entidad.